Tipos de Visado
¿Qué tipo de visado necesito?
A continuación se facilita información general sobre visados de entrada a los Estados Unidos, para aquellos que deseen viajar temporalmente por motivos diversos.
- El Programa de Exención de Visado, permite a los ciudadanos españoles, andorranos y de ciertos países, viajar a los Estados Unidos por motivos de negocios (B-1) y turismo (B2) sin necesidad de obtener previamente un visado. Este requisito incluye a ciudadanos de otros países que tienen un acuerdo con el Gobierno de los Estados Unidos. Para más información, puede consultar la sección para ciudadanos de Bermuda, Canadá y México.
- Cómo solicitar un visado de trabajo temporal (H, L, O, P and Q) una vez que la petición ha sido aprobada por el Servicio de Inmigración (USCIS).
- Información adicional para viajar sin visado en el caso de ciudadanos de Bermuda, Canadá, o México.
- La devolución de su pasaporte con el visado se realizará por mensajería (MRW) a pagar en destino. Un sobre para su envío será facilitado en la Sección Consular.
MRW Madrid: 917 823 440 -- calle General Pardinas, 99
MRW Nacional: 902 300 400.
Motivo de su viaje a los Estados Unidos
Tipos de visado
- Académicos e Investigadores: Investigadores; Médicos residentes o investigadores médicos; Profesores, Conferenciantes, Estudiantes incluidos en programas de intercambio.
- Artistas, Atletas, Músicos, Profesionales del mundo del espectáculo de nivel extraordinario.
- Au-Pairs, Ayuda doméstica.
- Profesional – Negocios: Negociaciones; Consultoría de negocios; Participación en congresos científicos, educacionales, profesionales, conferencias, seminarios, y otras actividades del campo comercial y profesional.
- Tripulantes: Miembros de tripulaciones aéreas o marítimas, incluyendo yates privados.
- Intercambio Cultural: Participantes en programas internacionales de intercambio designados para promover y compartir la cultura, trabajo en practicas, etc.
- Diplomáticos, funcionarios, empleados de organizaciones internacionales y OTAN.
- Empleados domésticos: Personal doméstico que acompaña a su empleador en viaje a los EE.UU.
- Empleados domésticos que desean acompañar o reunirse con su empleador, que viaja o se encuentra temporalmente en los EE.UU.
- Empleados domésticos que desean acompañan o reunirse con su empleador, ciudadano de los EE.UU.
- Empleados domésticos que desean acompañar o reunirse con su empleador, que viaja o se encuentra en los EE.UU. en régimen diplomático u oficial.
- Visitantes de Intercambio: Para realizar trabajos, entrenamiento o investigación, incluidos en programas aprobados oficialmente y patrocinados por diversas instituciones educativas.
- Prometidos/as: Novios/as de ciudadano/as americanos que viajan a los EE.UU. para contraer matrimonio y residir en ese país permanentemente.
- Turismo: Visita temporal de vacaciones; Visitar amigos, familia, etc.
- Periodistas: Representantes de medios de comunicación que viajen por motivos profesionales.
- Trabajadores religiosos: Miembros de comunidades religiosas que se desplazan para realizar labores religiosas.
- Estudiantes: Para realizar estudios en universidades u otras instituciones académicas.
- Trabajo Temporal: Personas que viajan a los EE.UU. para realizar trabajos temporalmente.
- Visado de trabajo temporal (H-1B) : Para realizar trabajos especializados.
- Visado de trabajo temporal (H-1C): Para realizar trabajos especializados de enfermería.
- Transferidos entre empresas filiales (L-1): Empleados de compañías multinacionales transferidos temporalmente a su central, filial, o subsidiaria en los EE.UU.
- Comerciantes e inversores por tratado (E1/E2): Solicitantes de países signatarios del tratado de comercio y navegación con los EE.UU. que se desplacen para efectuar negocios de un volumen considerable entre los EE.UU. y su país, o para desarrollar o dirigir operaciones de una empresa que haya realizado inversiones sustanciales de capital.
- Tránsito: Viajeros en transito por los EE.UU. a otros países.